Preguntas frecuentes

Financiarte con Enisa

Nuestro instrumento financiero es el préstamo participativo, dirigido especialmente a emprendedores/as y pymes con proyectos empresariales viables e innovadores.

¿Te ha servido esta respuesta?

Un préstamo participativo (regulado por el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996) es un instrumento financiero a medio camino entre el préstamo tradicional y el capital riesgo, ideado para reforzar considerablemente la estructura financiera de tu empresa.

El/la prestamista, aparte de los intereses ordinarios, obtiene una remuneración que depende de la evolución de la actividad de su empresa (su beneficio neto, volumen de negocio, patrimonio total o cualquier otro que libremente acuerden las partes)

Características principales:

  • No se exige más aval ni garantía que la del propio proyecto empresarial y la solvencia profesional del equipo gestor.
  • Se trata de un préstamo a largo plazo (hasta 9 años).
  • Te ofrece unos amplios plazos de amortización y de carencia (hasta 7 años).
  • Los intereses pagados son deducibles del Impuesto sobre Sociedades.
  • Puedes deducirte todos los intereses pagados en el Impuesto sobre Sociedades.
  • En caso de reducir el capital de la sociedad o liquidarla, el préstamo se considera patrimonio contable.
  • Sus tipos de interés están vinculados a la evolución de los resultados que obtengas.
  • Tiene un efecto de arrastre para atraer capital de business angels y entidades de capital riesgo.

¿Te ha servido esta respuesta?

• La posibilidad de financiar proyectos empresariales en las diferentes etapas de vida de la empresa.

• El tipo de interés se compone de dos tramos: un primer tramo (Euríbor diferencial) y un segundo tramo que se determina en función de la rentabilidad financiera de la empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación.

• Los gastos financieros (intereses y comisiones de apertura y cancelación, en su caso) son fiscalmente deducibles de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

• Los préstamos participativos refuerzan la estructura financiera de la empresa. La legislación mercantil permite considerarlos patrimonio neto a efectos de reducción de capital y disolución obligatoria de la sociedad.

• Adecua el pago de los intereses del segundo tramo a la marcha económica de la empresa. Los intereses del primer tramo se devengan en los plazos establecidos. 

• Tiene unos amplios plazos de amortización y carencia.

• Por lo general, el/la empresario/a y la empresa no tienen que aportar garantías.

¿Te ha servido esta respuesta?

• Los plazos de amortización y carencia son más amplios.
• La remuneración de Enisa está vinculada a la evolución económico-financiera de tu empresa.
• Refuerza el fondo de maniobra (activo circulante-pasivo circulante).
• Mejora la estructura financiera de tu empresa. 
• Por lo general, no exige avales ni garantías.

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Enisa no te ofrece ayudas ni subvenciones. Únicamente ofrece financiación en forma de préstamos, mayoritariamente préstamos participativos. 

Se trata de instrumento de deuda y en caso de impago, Enisa estará obligada a ejercer las acciones legales que le correspondan.

¿Te ha servido esta respuesta?

• El préstamo posibilita la financiación de la empresa sin la participación de terceros/as en la gestión y el control de la misma.

• Los intereses son fiscalmente deducibles.

• Elude la necesidad de valoración de la empresa en las etapas de inversión y de desinversión.

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí. Dentro de la estrategia inversora de Enisa destaca el apoyo a iniciativas público/privadas de captación de fondos de capital riesgo como vehículos de financiación de proyectos empresariales con un elevado potencial de crecimiento.

¿Te ha servido esta respuesta?

Enisa no dispone de microcréditos.

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Enisa solo financia proyectos empresariales de empresas constituidas.

¿Te ha servido esta respuesta?

Enisa solo financia empresas constituidas como sociedades de capital (SA, SL, SAL, SLL, etc.) y cooperativas que cumplan la definición de pyme de la Unión Europea y realicen una actividad económica con ánimo de lucro que no esté enmarcada en los sectores inmobiliario o financiero (ver excepciones en apartado "¿Puede financiar Enisa pymes de los sectores inmobiliario o financiero?").

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí, siempre que se trate de una pyme conforme a la definición de la Unión Europea, realice una actividad económica con ánimo de lucro no enmarcada en los sectores inmobiliario o financiero y esté debidamente inscrita en el Registro de Cooperativas.

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí, siempre que se trate de una pyme conforme a la definición de la Unión Europea y tenga personalidad jurídica propia independientemente de la de sus socios o partícipes.

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No. De conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, las fundaciones son entidades sin ánimo de lucro.

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No. De conformidad con la Ley 12/1991, de 29 de abril las AIE son entidades sin ánimo de lucro.

¿Te ha servido esta respuesta?

No. Enisa evita ser el financiador mayoritario de los proyectos empresariales.

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Los importes se sitúan entre 25.000€ y 1.500.000 €.

El importe de los préstamos se revisa anualmente. Puedes consultarlo en cada una de las líneas de financiación.

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No. Los importes solicitados nunca serán inferiores ni superiores a los que se detallan en nuestra página web.

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La financiación de Enisa se decidirá atendiendo a los siguientes límites:

  • Límite global. El límite máximo por cliente no superará 1.500.000 €, incluyendo tanto el riesgo directo (por empresa), como el indirecto (computándolo a nivel de grupo de empresas).
  • Límite relativo. Se determinará la inversión recomendada en función del rating y de los fondos propios de la empresa prestataria.

A estos efectos se computarán los fondos propios con diferente ponderación en función del momento de aportación a la empresa, con el objetivo de primar las aportaciones más recientes.

La inversión recomendada será la resultante de aplicar un grado de apalancamiento determinado (inversión de Enisa por cada euro de fondos propios) a los fondos propios ponderados de la empresa.

Este grado de apalancamiento variará por tramos, disminuyendo a medida que se incrementa el volumen de los fondos propios, con el fin de que el nivel de apalancamiento sea mayor en las empresas con menor dimensión.

Consideración de Fondos Propios computables

Del ejercicio en curso: únicamente se consideran el 100% de las aportaciones de capital social y prima realizadas en dicho ejercicio.

Del último ejercicio cerrado: únicamente se consideran el 100% de las aportaciones de capital social y prima y los resultados positivos retenidos del mismo y el resto de fondos propios se ponderará con el ratio de endeudamiento (FF.PP/total balance) del último ejercicio cerrado.

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí, una vez concedido un préstamo, tu empresa puede solicitar nueva financiación para la consolidación y expansión de tu proyecto empresarial.

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Los convenios celebrados entre Enisa y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo exigen que las empresas beneficiarias de los préstamos participativos “no pertenezcan a los sectores inmobiliario o financiero”.

Se entenderá por sector financiero el integrado por empresas que realicen actividades financieras, estén o no sujetas a un régimen de autorización administrativa y supervisión de la CNMV o del Banco de España, quedando excluidas las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.

Por otra parte, se entenderá por sector inmobiliario el integrado por empresas que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria, quedando excluidas las plataformas tecnológicas, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.

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Una vez comprobado que el formulario de solicitud y la documentación están completos, el proyecto se traspasará al área de análisis para que estudie la operación y, en su caso, solicite la información complementaria que fuera precisa. Finalizado el análisis, se comunicará a la empresa el rechazo o la concesión del préstamo y las condiciones especiales si las hubiere.

Proceso de análisis

Este proceso tiene como objetivo evaluar las solicitudes de financiación y emitir una opinión favorable, junto con el importe del préstamo y las condiciones propuestas, o bien una desfavorable, desaconsejando la financiación por parte de Enisa.

El análisis se realizará mediante una evaluación de carácter experto de los aspectos cualitativos y cuantitativos del plan presentado, sintetizándose en la asignación de un nivel de rating que refleje la opinión sobre la capacidad de la empresa para hacer frente a sus obligaciones y al desarrollo de su proyecto empresarial.

El nivel de rating se determina según un modelo que pondera diversas variables cualitativas y cuantitativas:

  • Producto/demanda/mercado.
  • Accionistas/gerencia.
  • Plan de negocio
  • Análisis económico:
    • Crecimiento acumulado de las ventas
    • Margen EBITDA
    • Margen neto
    • Rotación del activo
    • ROA
    • Período medio de cobro versus período medio de pago
    • Rotación de existencias
  • Análisis financiero:
    • Liquidez
    • Endeudamiento
    • Cobertura de la deuda
    • Cobertura de intereses

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El tipo de interés se aplicará en dos tramos:

  • Un primer tramo que se devengará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, determinado por el EURIBOR a un año más un diferencial (a determinar cada año). Su liquidación será por trimestres naturales vencidos (excepto en la línea Jóvenes Emprendedores, cuya liquidación será mensual).
  • Un segundo tramo que se devengará y calculará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, con liquidación anual, y determinado en base a la rentabilidad financiera obtenida por la empresa en el ejercicio al que corresponde la liquidación de intereses. Se calculará aplicando la siguiente fórmula:
  • En el supuesto de que este porcentaje resultase negativo, se considerará como tipo cero.

En ningún caso, el tipo del segundo tramo excederá de un máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación (porcentaje a determinar cada año).

Se entiende por “fondos propios medios” la media aritmética de los fondos propios al inicio y al final del ejercicio, sin tener en cuenta como fondo propio el resultado del ejercicio al que se refiere la liquidación. En el supuesto de que los “fondos propios medios” fuesen negativos, se considerarán con valor igual a un euro.

El tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará, con carácter general, el 15 de noviembre. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir a Enisa, antes del 30 de septiembre, una copia de las cuentas selladas por el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso de operaciones por importe superior a 300.000 €, una copia de las cuentas anuales auditadas externamente. En caso de que el ejercicio contable de la prestataria no coincida con el año natural, el tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará a los diez meses del cierre del ejercicio contable. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir a Enisa, en el plazo máximo de nueve meses desde el cierre del ejercicio contable, copia de las citadas cuentas depositadas en el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso de operaciones por importe superior a 300.000 €, una copia de las cuentas anuales auditadas externamente.

En caso de no presentarse la información señalada en el plazo previsto, se practicará la liquidación al tipo máximo posible.

Ejemplo de cálculo del segundo tramo:

Supuesto simplificado para un primer tramo de Euribor al 0,5% más 3% de diferencial, y un segundo máximo del 8%.

  • Importe del préstamo: 100.000 €.
  • Fondos Propios a inicio de ejercicio x (Capital+Prima+Reservas+Resultado del ejercicio x-1) = 250.000 €.
  • Fondos Propios a final del ejercicio x, sin incluir resultado del ejercicio x (Capital+Prima+Reservas + Resultado del ejercicio x-1) = 300.000 €.
  • Fondos Propios medios = (250.000 €+300.000 €)/2 = 275.000 €.
  • Resultado antes de impuestos del ejercicio x = 24.750 €.
  • Segundo tramo del tipo de interés (fijado en póliza de préstamo) = máximo 8%.
  • Rentabilidad = 24.750 € / 275.000€ = 0,090 x 100 = 9%.
  • Primer tramo del tipo de interés (Euribor anual 0,5% + 3% fijado en póliza de préstamo) = 3,5%.
  • Segundo tramo del tipo de interés final = 9% - 3,5% = 5,5%. Por tanto el segundo tramo del tipo de interés del préstamo sería el 5,5% de 100.000 € = 5.500 €.

Si el segundo tramo obtenido del cálculo (en nuestro ejemplo, el 5,5%) hubiera sido superior al límite máximo (8%), se tomaría como segundo tramo ese máximo.

El cálculo para determinar qué tipo de interés del segundo tramo se debe aplicar se basa en la rentabilidad financiera de la empresa, medida como resultado antes de impuestos entre fondos propios medios.

Consideraciones relativas a este cociente:

  • Si el resultado antes de impuestos es negativo o cero, el segundo tramo será cero.
  • Para el cálculo de los fondos propios medios se tendrá en cuenta los existentes al inicio y a final del ejercicio, sin considerar el resultado de ese año. Esa suma se divide entre dos.
  • En la medida que la cifra de fondos propios medios sea elevada, el segundo tramo será menor, dado que los fondos propios medios actúan como divisor en el cociente.
  • La rentabilidad obtenida en dicha división se minorará por el tipo del primer tramo medio aplicado en el ejercicio, siendo la cifra resultante el interés del segundo tramo a aplicar.
  • El segundo tramo se devengará diariamente sobre el principal pendiente pago.

Los diferenciales a aplicar sobre el primer tramo y el tipo del segundo tramo se publicarán anualmente en la página web de Enisa para cada una de las líneas de financiación.

Coste del préstamo participativo:

  • Coste mínimo: independiente de la rentabilidad de la empresa (en este ejemplo, se supone Euribor+3%).
  • Coste máximo: en función de la rentabilidad de la empresa. Nunca será superior a un diferencial máximo establecido por encima del coste mínimo de acuerdo con el rating de la operación. (en este ejemplo, se supone Euribor +3+ 8%).

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De 5 a 7 años máximo, incluidos en el plazo del préstamo. Se determinará en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones de cash-flow.

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No. Enisa únicamente ofrece financiación en forma de préstamo.

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Conforme a la norma de registro y valoración 9. ª, “Instrumentos financieros”, del Plan General de Contabilidad (PGC 2007), aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. 

Con carácter general, la parte prestamista los clasificará como “préstamos y partidas a cobrar” y por la parte prestataria normalmente han de ser clasificados como “débitos y partidas a pagar” (deuda a largo plazo o a corto plazo, en función del vencimiento).



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Los solicitantes de financiación de Enisa tienen a su disposición una guía orientativa para cumplimentar su solicitud y Enisa atiende las consultas que se susciten en la cumplimentación de la solicitud de financiación.

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Requisitos y trámites

‒ Entra en la sección «Portal del cliente» de www.enisa.es, donde estudiaremos tu solicitud a partir de la información que tendrás que cumplimentar, que se compone de tres pasos:

1. Registrarte como empresa.

2. Cumplimentar varios formularios web referentes a tu plan de negocio.

3. Incorporar alguna documentación obligatoria y otra complementaria. 

‒ Deberás rellenar todos los campos en tu solicitud, pues no se iniciará el estudio de ningún expediente incompleto. 

‒ Si se te olvida cumplimentar algún campo, dispondrás de 30 días para solucionarlo a partir de la fecha de solicitud de financiación. No obstante, si en Enisa detectamos cualquier irregularidad en tu solicitud, nos pondremos en contacto contigo.

‒ Realizados estos pasos, finaliza el proceso de admisión y se inicia el análisis de la solicitud.‒ Una vez analizada la documentación remitida, nos pondremos en contacto contigo para comunicarte la resolución de tu solicitud.









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Por razones de eficiencia, las reuniones suelen posponerse hasta haber recibido la solicitud de financiación, cumplimentada en su totalidad. En todo caso, Enisa valorará la pertinencia de la reunión en función del importe, tu modelo de negocio, etc.

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No es necesario, puedes presentarla directamente a través del portal del cliente.

Enisa tiene acuerdos con entidades colaboradoras cuya finalidad es facilitar la difusión de sus programas y el conocimiento de los mismos.

¿Te ha servido esta respuesta?

No. La financiación concedida por Enisa nunca será superior al importe solicitado. Sin embargo, sí podrá ser inferior.

¿Te ha servido esta respuesta?


No. Enisa únicamente ofrece financiación en forma de préstamo.

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí, siempre que la edad máxima de quienes ostenten la mayoría del capital no supere los 40 años.

¿Te ha servido esta respuesta?

Es recomendable ponerse en contacto con la gestora del fondo, ya que la decisión de inversión del fondo corresponde a la misma. Para más información, puedes consultar la página web de Asociación Española de Entidades de Capital Riesgo (ASCRI) - www.ascri.org

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Dependerá de tu modelo de negocio y de la estructura económico-financiera de tu empresa. No obstante, el importe de las aportaciones de los socios será, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo solicitado a Enisa (salvo en la línea Jóvenes Emprendedores que será, como mínimo, del 50 %).

¿Te ha servido esta respuesta?

En general no. La financiación de Enisa es de riesgo y está basada en la confianza que nos aporta tu proyecto empresarial a través del accionariado, los gestores y el modelo de negocio que nos presentas.

No obstante, si tu proyecto empresarial se realiza a través de una empresa que forma parte de un grupo empresarial, se podrán solicitar garantías a la sociedad cabecera del grupo y, si no existe, a la empresa más representativa de dicho grupo.

¿Te ha servido esta respuesta?

Con carácter general, Enisa no exige garantía en las operaciones que financia, pero su aportación será valorada positivamente y permitirá subir escalones en la calidad crediticia, en función del tipo de garantía aportado y del riesgo cubierto.

En los casos en que un proyecto empresarial se realice a través de una empresa que forme parte de un grupo empresarial, se podrán solicitar garantías a la sociedad cabecera de grupo y, si no existiera, a la empresa más representativa del grupo.

¿Te ha servido esta respuesta?

Enisa ejercerá las acciones legales que le correspondan.

¿Te ha servido esta respuesta?

Los préstamos tienen un plazo de vencimiento máximo de entre 7 y 9 años, en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones económico-financieras.

¿Te ha servido esta respuesta?

  • Ser pyme conforme a la definición de la UE.
  • Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de tus socios, y realizar una actividad económica con ánimo de lucro.
  • Tu empresa podrá pertenecer a cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y el financiero. Ver excepciones
  • El domicilio social de tu empresa deberá estar en el territorio nacional.
  • Tu modelo de negocio deberá ser innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.
  • Deberás prever la cofinanciación de las necesidades financieras asociadas a tu proyecto empresarial.
  • Debes mostrar una estructura financiera equilibrada y profesionalidad en tu gestión.
  • Tus fondos propios han de ser, como mínimo, equivalentes a la cuantía del préstamo (excepto en línea Jóvenes Emprendedores donde se exigirá, como mínimo, el 50 %).
  • Tendrás que demostrar la viabilidad técnica y económica de tu proyecto empresarial.
  • Las cuentas de tu último ejercicio cerrado habrán de estar depositadas en el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso necesario, estados financieros auditados externamente.

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Con carácter general, salvo que alguna circunstancia debidamente justificada aconseje lo contrario, los criterios para la exigencia de auditoría externa de cuentas, tanto para la formalización como durante la vida del préstamo, serán los siguientes:

  • Empresas a las que se conceda un riesgo superior a 300.000 €.
  • Empresas que legalmente estén obligadas a auditar las cuentas.

La no realización de auditoría, en el caso de ser exigida en la fase de análisis, supondrá el rechazo de la operación. En la fase de seguimiento, supondrá la aplicación del interés variable máximo y la rebaja del nivel de rating.

¿Te ha servido esta respuesta?

Enisa aplicará el interés en función de las condiciones que fije el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para cada ejercicio.

¿Te ha servido esta respuesta?

Los préstamos Enisa son compatibles con cualquier tipo de préstamo existente en el mercado y con cualquier otra fuente de financiación pública y privada.

¿Te ha servido esta respuesta?

Se aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe del préstamo concedido.

Comisión amortización anticipada: en el supuesto de amortización anticipada del préstamo, se satisfará una comisión equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.

Comisión de vencimiento anticipado por cambio en la mayoría de control: en el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.

Asimismo, Enisa podrá resolver y declarar vencido anticipadamente el préstamo a todos los efectos legales y, en consecuencia, exigir la devolución del principal vivo, más sus intereses, comisiones y gastos por otros incumplimientos establecidos en la póliza de préstamo.

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Una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones específicas impuestas para la concesión del préstamo y aportada la documentación requerida por el Área de Asesoría Jurídica, la formalización se llevará a cabo en la notaría que se le indique, mediante la firma de la póliza ante notario.

Con carácter general, para formalizar el préstamo tu empresa deberá haber subido al apartado Documentación del Portal del Cliente:

  • Copia de la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil y posteriores, en su caso, que afecten a la persona jurídica (cambio de domicilio, de denominación, etc.).
  • Copia del documento acreditativo de facultades suficientes para la formalización del préstamo del firmante/es si es distinto del de la escritura de constitución.
  • Copia del NIF de la sociedad.
  • Copia del DNI del firmante/es o, en su caso, pasaporte/carta de identidad + NIE
  • Certificado en vigor de estar al corriente de pago con la Hacienda Pública estatal expedido a efectos de contratar con el Sector Público (ya que existen varios modelos).
  • En su caso, certificado en vigor de estar al corriente de pago con la Hacienda Foral.
  • Certificado en vigor de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
  • Documento de domiciliación bancaria cumplimentado y firmado por la empresa (según archivo remitido al apartado NOTIFICACIONES) y certificado bancario de titularidad de la c/c en la que se domiciliarán los pagos.
  • Copia de certificado acreditativo de la composición del capital social de la sociedad en el momento de la firma, expedido por el órgano de administración de la compañía.
  • Original de Acta notarial de manifestaciones sobre titularidad real expedida a tal efecto.

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Plazos y limitaciones

Podrás presentar tu solicitud las 24 horas del día, los 7 días de la semana y los 365 días del año.

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No. El proceso de admisión de solicitudes está abierto todo el año.

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En general, el tiempo de evaluación medio de los proyectos es de aproximadamente 60 días a partir de que la empresa haya remitido TODA LA INFORMACION RELATIVA A LA SOLICITUD DE FINANCIACIÓN, incluyendo la información complementaria que se le haya podido solicitar en el transcurso de la fase de análisis. 

Este plazo general está sujeto a la disponibilidad de los fondos asignados a Enisa por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para cada ejercicio presupuestario, condicionando el tiempo de respuesta.

Agotados los fondos, las solicitudes pendientes pasarán al ejercicio siguiente.


¿Te ha servido esta respuesta?

Una vez firmada la póliza de préstamo ante notario. 

¿Te ha servido esta respuesta?

No. Únicamente podrás solicitar financiación a través de la línea que consideres se adecua mejor a tu perfil. Sin embargo, una vez recibida la solicitud, Enisa podrá redirigirla a otra línea.

¿Te ha servido esta respuesta?

Sí, tanto parcial como totalmente, pero tendrás que abonar una comisión de amortización anticipada del préstamo.
Esta comisión será equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés, si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.

Adicionalmente, para restituir la solvencia financiera de tu empresa, deberás compensar dicha amortización anticipada con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios, siempre que ésta no provenga de la actualización de activos.

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