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Licitación con nº de expediente 6/2017

Contratación de Servicios de Mantenimiento Integral, Asistencia Técnica y Provisión de Licencias del Sistema Integrado de Gestión (PROMETEO) de ENISA.

El Órgano de Contratación, a propuesta de la Unidad de Contratación, ha adjudicado la licitación 6/2017, a INFORMATICA EL CORTE INGLES, S.A. por ser la oferta económicamente más ventajosa.

Consultas licitación Exp. 6/2017

Consulta 1. Con respecto a la solvencia técnica o profesional, interpretamos de nuestra lectura del pliego de condiciones particulares, que todos los requisitos de dicha solvencia pueden ser provistos por cualquiera de las empresas que acudan en UTE al concurso. Dándose el carácter de acumulación para todos los requisitos indicados en el apartado 28.1.4 punto b) del citado pliego. Y por tanto sin la exigencia de que todas las empresas de la UTE dispongan de todos los requisitos exigidos en dicho punto.

Respuesta: Efectivamente, conforme establece el apartado 28.1.7 de los Pliegos de Condiciones Particulares, a efectos de valorar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acumularán las características acreditadas por cada miembro de la UTE.

Consulta 2. En los criterios de valoración subjetivos relativos al equipo de trabajo, se establece un desglose de la ponderación en base a mejoras en formación (valorado en número de titulaciones/certificaciones adicionales) y en la experiencia (valorado en años de experiencia adicionales) por cada requisito. Consideramos que este modelo de valoración sin establecer un umbral de saciedad puede desvirtuar la puntuación, dado que a partir de cierto punto el valor real de esa experiencia o titulación adicionales entra en saturación, mientras que la puntuación sigue una fórmula lineal no coherente con la mejora aportada. ¿Existe algún límite a partir del cual esta experiencia/titulación adicional no aporte más puntuación?

Respuesta: Según el PCP y el PPT que regulan la licitación 6/2017 no existe límite a partir del cual la experiencia/titulación adicional no aporte más puntuación.

Consulta 3. En el PCP se establece una declaración responsable por parte del licitador de que datos son verídicos respecto a las titulaciones y formación del equipo de trabajo (Anexo D), pero en la nota de interés publicada se indica que basta con presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) para acreditar la solvencia. En caso de presentar el DEUC en el Sobre 1, ¿es preciso presentar también el Anexo D?

Respuesta: De conformidad con la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre utilización del DUEC previsto en la nueva Directiva de contratación pública en caso de que los licitadores presenten el DEUC en el sobre 1 no será necesario presentar el Anexo D. No obstante lo anterior, en caso de no presentación del Anexo D no se tendrán en cuenta las manifestaciones que en él realizan los licitadores a efectos de dirimir entre propuestas en los supuestos de empate previstos en el apartado 11.4 del PCP.

Consulta 4. En caso de que el licitador que resulte la oferta más ventajosa y durante el plazo de propuesta de adjudicación no aporte toda la documentación justificativa de mejoras asociadas a los criterios subjetivos (titulaciones), ¿se establecerá que aun pudiendo cumplir los criterios de solvencia no sea adecuada para la adjudicación?

Respuesta: Las titulaciones/certificaciones y experiencia que se incluyan como mejoras en los términos dispuestos en el apartado 5 del PPT quedan sujetas al apartado 28 del PCP en virtud del cual ENISA se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en la oferta, o bien información adicional sobre el contenido de la misma, estando el licitador obligado a ello.

Consulta 5. En la plantilla de los CV no está indicado expresamente si se indican nombres y apellidos (nominales) o siglas/referencia del perfil. ¿Podrían aclararlo?

Respuesta: En la plantilla de los CV, en el apartado “Nombre”, se puede incluir el nombre y apellidos o siglas/referencia de cada perfil.

Consulta 6. En el PPT se indica que el adjudicatario se compromete a adscribir los perfiles propuestos en la oferta al servicio. Entendemos que en caso de sustitución de las personas del equipo los perfiles deben ser equivalentes en cuanto a titulaciones/experiencia respecto a los perfiles presentados con las mejoras correspondientes, aunque no se establece de forma explícita en el PCP ni PPT. ¿Podrían este aspecto?

Respuesta: En caso de sustitución de un recurso del equipo de trabajo, el recurso sustituto debe ser equivalente o mejor en cuanto a titulaciones/certificaciones y experiencia al recurso sustituido. Será ENISA quien considere si el recurso propuesto para la sustitución es válido o no de conformidad con lo dispuesto en el apartado 21 del PCP.

Consulta 7. En los criterios de valoración subjetivos relativos a las mejoras en los servicios solicitados, la parte de valoración cuantitativa se realiza en base al coste propuesto para dicha mejora. En caso de que algún proveedor presentara una mejora que a nivel cualitativo ENISA considere necesaria y aporte valor añadido, pero tenga un coste propuesto desproporcionado y fuera de mercado para dicho servicio, desvirtuaría la puntuación de este apartado para el resto de mejoras y licitadores. ¿Se establecerá un umbral de saciedad máximo en cuanto a horas adicionales a aportar?

Respuesta: Según el PCP y el PPT que regulan la licitación 6/2017 no existe umbral de saciedad máximo en cuanto a horas adicionales a aportar por los licitadores.

Consulta 8. En el caso de proponerse un perfil adicional a los detallados en los pliegos para la realización de mejoras adicionales, ¿cómo llevará a cabo la valoración cuantitativa ENISA para esos perfiles?

Respuesta: La Mesa de Contratación realizará la valoración cuantitativa del perfil adicional en función de las características del mismo y de las condiciones de mercado.

Consulta 9. Estamos preparando la documentación para la licitación 6/2017 y hemos visto que se puede presentar el DEUC. Al presentar dicho documento, entendemos que nos exime de presentar toda la documentación requerida en el sobre administrativo así como la detallada en el Anexo D, ¿es correcto?

Respuesta: De conformidad con la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre utilización del DUEC previsto en la nueva Directiva de contratación pública en caso de que los licitadores presenten el DEUC en el sobre 1 no será necesario presentar el Anexo D. No obstante lo anterior, en caso de no presentación del Anexo D no se tendrán en cuenta las manifestaciones que en él realizan los licitadores a efectos de dirimir entre propuestas en los supuestos de empate previstos en el apartado 11.4 del PCP.

Consulta 10. Tenemos una pregunta, si presentamos el DEUC en principio únicamente tendríamos que presentar el aval provisional y la declaración de subcontratación? O debemos aportar inicialmente algún certificado??

Respuesta: De conformidad con la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre utilización del DUEC previsto en la nueva Directiva de contratación pública en caso de que los licitadores presenten el DEUC en el sobre 1 no será necesario presentar, inicialmente, ningún certificado ni tampoco la declaración responsable del Anexo D. No obstante lo anterior, en caso de no presentación del Anexo D no se tendrán en cuenta las manifestaciones que en él realizan los licitadores a efectos de dirimir entre propuestas en los supuestos de empate previstos en el apartado 11.4 del PCP. En todo caso, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 15 del PCP “los licitadores deberán constituir, al tiempo de presentar sus ofertas, garantía provisional del 1% del presupuesto del contrato, IVA excluido….”

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